Institución líder en formación técnica y profesional a nivel nacional, con alto compromiso con la industria peruana y el desarrollo del país, se encuentra en la búsqueda de talento docente para integrar a su equipo académico:
Instructor de Mecánica Automotriz
Requisitos
· Títulado técnico o universitario, en Mecánica Automotriz, Mecánica de Vehículos, Mecatrónica Automotriz
· Experiencia mínima de tres (03) años, en el rubro
· Microsoft Excel, Microsoft Word
· Disponibilidad para laborar a jornada parcial.
· Residencia en Piura o disponibilidad para radicar en la zona.
Ofrecemos
· Pertenecer a una institución sólida y reconocida en el ámbito educativo.
· Entorno de trabajo profesional, colaborativo y orientado al crecimiento.
· Capacitación constante y oportunidades de desarrollo.
Funciones
· Realizar el proceso de enseñanza en los cursos de mecánica automotriz.
· Con experiencia en elaboración de planes de sesión y el control de avance de las clases programadas.
· Realizar y mantener actualizado los registros de asistencia y notas en los sistemas establecidos.
· Realizar el dictado de clases según la estructura curricular.
Conocimientos
· CONOCIMIENTOS EN MANTENIMIENTO DE CHASÍS Y CARROCERÍA, ELECTRICIDAD Y ELECTRÓNICA AUTOMOTRIZ BÁSICA, REPARACIÓN DE MOTORES: MEDICIONES, MANTENIMIENTO BÁSICO DEL MOTOR y DIAGNÓSTICO Y REPARACIÓN DEL SISTEMA DE SUSPENSIÓN, DIRECCIÓN Y FRENOS, MANTENIMIENTO DEL SISTEMA ELÉCTRICO DEL VEHÍCULO, DIAGNÓSTICO Y REPARACIÓN DEL SISTEMA DE TRANSMISIÓN
Si buscas una posibilidad para impactar en la formación de futuros técnicos y deseas pertenecer a una institución referente en educación tecnológica, ¡te invitamos a ser parte de SENATI!
Postula y transforma la vida de nuestros estudiantes con tu experiencia.
¡Tu talento puede marcar la diferencia!
En SENATI creemos en la igualdad de oportunidades:
Todos los postulantes serán considerados sin importar su origen étnico, sexo, edad, estado civil, orientación sexual,identidad de género, religión, discapacidad, nacionalidad o condición económica. (Ley N° 299731)